Recordar: desde julio será obligatorio usar factura electrónica para inscriptos en IVA

Según la Resolución General 3749/15, a partir del 1 de Julio de 2015, todos los contribuyentes inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) quedarán obligados a adherirse al régimen de facturación electrónica de la AFIP.

Se elimina la opción de empadronarse. Así se unificarán el Régimen Especial de Comprobantes Electrónicos y el Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos en Línea.

No se podrá emitir comprobantes, en formato papel, a partir de esa fecha.

La AFIP ofrece dos alternativas para la emisión de facturas electrónicas:

Webservice: los contribuyentes se pueden conectar a los programas informáticos de gestión con el sistema del organismo y generar desde allí la factura.

Ingresando con clave fiscal al sitio de AFIP: se deberá generar el certificado, e instalar un aplicativo en las PCs que facturan. Desde un sistema de facturación que soporte facturación electrónica, se podrá autorizar la factura en forma directa en la AFIP, evitando ingresar a los servicios de web.

Es un buen momento para disponer de un sistema que pueda emitir factura electrónica y evitar los servicios de web, que obligan a un trabajo adicional, sin contar la dependencia de la correcta operación, de dicho servicio que estará bajo la demanda de miles, por no decir millones de empresas.

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